NIF Adjudicatorio: B-56043243
Adjudicatario: LOOKING FOR TALENT CONSULTORES
Fecha de Publicación: 19/03/2020 (10:10 h.)
Fecha de Adjudicación: 22/03/2021
Precio Adjudicación sin IVA: 14.050,00
Plazo Ejecución (meses): 3 meses
Descripción del servicio: Servicios de formación para el perfeccionamiento personal
Ejercicio
2021
Expediente
2021DISVS2
Objeto (CPV)
80570000-0 Servicios de formación para el perfeccionamiento personal
Tipo de contrato
Servicios
Descripción
SERVICIO DE ACCIONES DE MEJORA DE COMPETENCIAS PARA UNIVERSITARIOS Y EGRESADOS
Importe máx.(IVA no incluido)
14.050,00 €
Fecha de publicación
19/03/2020 (10:10h.)
Plazo límite de presentación
23/03/2020 (08:00h.)
SERVICIO DE ACCIONES DE MEJORA DE COMPETENCIAS PARA UNIVERSITARIOS Y EGRESADOS
Es preciso contratar un servicio de acciones de mejora de competencias para universitarios y egresados, que permita la adquisición de competencias de dicho público en la resistencia a la presión, trabajo en equipo, capacidad de adaptación a nuevas situaciones y sentido de la eficacia.
El servicio contará con las siguientes acciones:
• Difusión del proyecto ante el potencial público objetivo para su captación, mediante acciones de publicidad, cartelería, mailing…
• Definición de salidas profesionales para egresados de cada grado.
• Cada usuario recibirá:
o Elaboración de perfil óptimo de desempeño de las salidas profesionales elegidas.
o Elegirá entre competencias genéricas fundamentales para la empleabilidad para desarrollar.
o Se evaluará la adecuación del perfil competencial a las salidas profesionales.
o Emisión de un informe final del alumno, que incluya todo lo trabajado
• Impartición de talleres formativos para potenciar la empleabilidad:
o Taller: Potenciar el talento para favorecer nuestra inserción en el mercado de trabajo
o Taller: Elevator pitch
o Taller: ¿Mi cv es bueno? cómo hacer un buen cv.
o Taller: Cómo superar con éxito una entrevista de trabajo.
La duración del proyecto será de marzo de 2021 a mayo de 2021.
La empresa adjudicataria se compromete a prestar el servicio con la máxima rapidez y eficacia, utilizando a tal efecto los medios mecánicos, informáticos o de cualquier otra clase que considere que mejor garanticen la finalidad perseguida y para la resolución de las incidencias que surjan durante la prestación del servicio. Los medios utilizados para la prestación del servicio serán por cuenta del adjudicatario.
Se valorará en cuanto a las ofertas presentadas las siguientes especificaciones mínimas, por lo que debe presentarse un dossier que dé respuesta a las mismas:
• Empresa con más de 5 años de experiencia en la formación en competencias.
• Empresa con experiencia ante organismos públicos.
• Empresa con experiencia en el desarrollo de actividades con alumnos universitarios y/o egresados.
Extinción del contrato.
El contrato se extinguirá por las siguientes causas:
a) Cumplimiento.
a. Por cumplimiento por parte del adjudicatario de la totalidad de la prestación, de acuerdo con los términos establecidos en el mismo.
b. Por cumplimiento del precio fijado como presupuesto de adjudicación.
b) Resolución.
a. Abandono por el adjudicatario de la prestación del servicio o suministro. Se entenderá producido el abandono cuando la prestación no se desarrolle con la regularidad adecuada o con los medios humanos o materiales precisos para la normal ejecución del contrato en el plazo estipulado. No obstante, cuando se dé este supuesto, podrá requerirse al adjudicatario para que regularice la situación en un plazo de dos días a contar desde el momento en que se produzca el requerimiento.
b. Carencia o merma de la calidad del servicio contratado.
c. Inclusión del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones de contratar señaladas en la normativa vigente o en incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente compatibilidad.
d. El incumplimiento de la obligación del contratista de guardar secreto respecto de los datos o antecedentes que no siendo públicos o notorios estén relacionados con el objeto del contrato.
El acaecimiento de cualquiera de estas causas, en los términos establecidos, conllevará la resolución del contrato, debiendo indemnizar el adjudicatario a la FUNDACIÓN por los daños y perjuicios ocasionados, con los demás efectos que procedan conforme a la normativa aplicable.
En el supuesto de que fuese necesario que la prestación se ejecutase en forma distinta a la pactada inicialmente, deberá procederse a la resolución del contrato en vigor y a la celebración de otro.